La actividad administrativa ha sido definida
como el conjunto de actividades que
son cumplidas por el Estado, a través de sus órganos administrativos, las cuales tienen por finalidad satisfacer
intereses colectivos e individuales, en forma directa o indirecta, para lograr
el bienestar general. En razón a ello, la
actividad administrativa en el país tiene como objetivo principal dar eficacia a los
principios, valores y normas consagrados en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela (1999) y demás leyes que rigen la materia. Es
importante destacar que a partir del texto constitucional de 1999, se han
aprobado nuevas leyes y se han nombrado comisiones, tales como la Comisión
Presidencial para la Transformación de la Administración Pública Nacional
(2002) con el propósito, entre otros, de “diseñar el nuevo modelo de
Administración Pública Nacional”. Cinco años después, fue anunciada una nueva
“transformación sustancial de los principios y lineamientos de funcionamiento y
organización de la Administración Pública; del sistema de planificación y de
articulación de la acción del Estado con los distintos actores públicos”,
orientada, en esta ocasión, a la construcción del socialismo.
En correspondencia con ello, la Ley Orgánica de Administración
Pública vigente (LOAP-2001) señala como principal objetivo de la organización y
el funcionamiento de la Administración “dar eficacia a los principios, valores
y normas consagrados en la Constitución y, en especial, garantizar a todas las
personas el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de
los derechos humanos”; así como también, establece para el desarrollo de las
actividades de la Administración, “los principios de economía, celeridad,
simplicidad administrativa, eficacia, objetividad, imparcialidad, honestidad,
transparencia, buena fe y confianza.
Del mismo modo, es interesante destacar que
las Líneas Generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación
2007-2013, retoma como problema el mejoramiento de “los niveles de equidad,
eficacia, eficiencia y calidad de la acción pública”. Para ello anuncia una
estrategia que consistía en: “propiciar la coherencia organizativa, funcional,
procedimental y sistémica de los órganos públicos; incrementar los niveles de
capacidad y conocimiento del funcionario público; implementar la simplificación
de trámites administrativos a todos los niveles; instaurar y aplicar sistemas
de evaluación de gestión de organismos y funcionarios y promover los principios
de coordinación y cooperación inter-orgánica de la administración pública a
todos los niveles”.
Como se puede notar, estos
instrumentos jurídicos de la Patria dan fe de los esfuerzos por la reorganización del
aparato público” en dos sendas: por un lado, las reformas en el ordenamiento
jurídico que regulan el funcionamiento y las relaciones de las diferentes
Instituciones de la Administración Pública (nivel macro) y; por otro, los
esfuerzos puntuales que se emprenden en cada una de las Instituciones para la
optimización de sus procesos internos (nivel micro)”. Además, muestran el
panorama que configura el
enfoque actual que debe investir a la actividad administrativa en Venezuela, la
cual se enfrenta a
un reto capital: responder a las demandas sociales con eficacia, manteniendo
unos mínimos niveles de calidad en un contexto de creciente servicio a la
gente.
No obstante, en el seno de las organizaciones humanas
se hace necesaria la recuperación de los valores éticos como referentes de su
actuación; puesto que, no basta solo con que las leyes se dicten, es necesario
que se cumplan o se ejecuten, lo cual se produce a través de las actividades
administrativas. Bien es sabido que las estructuras económicas y políticas son
instrumentos al servicio del hombre, así como también la Administración Pública,
la cual debe promover los derechos fundamentales y hacer posible un ambiente de
calidad y eficacia en el marco de la legalidad y del servicio público. Cuando
se pierde de vista el carácter instrumental de las instituciones y los únicos
aspectos que sobresalen son los mercantiles, entonces la lucha por los derechos
fundamentales del hombre no puede menos que experimentar un claro retroceso. Tal como lo indican Bonilla, García y
Rupérez (2002), la actividad administrativa parece sumida en un perenne proceso
de ‘reestructuración’ necesario tras un diagnóstico ya suficientemente conocido
y altamente debatido: organizaciones mal concebidas y peor estructuradas, con gente
poco capacitada y desmotivada, mal recompensada, en fin, con un modelo de
‘ineficiencia’ que es reconocido hasta por los propios líderes gubernamentales
paradójicamente responsables de la gestión de dichos organismos.